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V2100-20 23 juin 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · exención

L'exonération pour cession de participations s'applique aux bénéfices non distribués si la société détenue est une entité patrimoniale

Une société s'interroge sur l'éventuelle exonération du revenu positif issu de la vente de sa participation dans une autre société. La DGT précise que, si la société détenue est une entité patrimoniale, l'exonération ne couvrira que la part du revenu correspondant aux bénéfices non distribués générés durant la période de détention.

La question posée

Cuestión planteada Si se cumplen los requisitos para que la renta positiva que se pudiera poner de manifiesto en la sociedad transmitente como consecuencia de la transmisión de su participación en la sociedad B, quedara exenta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.3 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

Para que la renta por transmisión de participaciones esté exenta, debe cumplirse un porcentaje mínimo de participación y, si la entidad es no residente, un impuesto extranjero mínimo. Si la entidad participada es una entidad patrimonial, la exención no se aplicará a la parte de la renta que no sea un incremento de beneficios no distribuidos generados durante la tenencia. Se considera entidad patrimonial aquella en la que más de la mitad de su activo no esté afecto a una actividad económica.

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