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V2065-17 1 août 2017 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Critère en vigueur
ISD · sociedad de gananciales

Imposition réduite de l'assurance-vie si la prime est imputée au régime matrimonial de communauté

Une veuve s'interroge sur la possibilité de ne taxer que la moitié de l'indemnité d'assurance-vie au titre de l'Impôt sur les Successions et les Donations, étant donné que les primes ont été réglées via des comptes joints. La DGT précise que s'il est prouvé que le paiement a été effectué par le biais de la communauté de biens, seule la moitié du montant perçu sera assujettie à l'impôt.

La question posée

Cuestión planteada Al estar casados en régimen de gananciales y pagarse las primas con dinero procedente de cuentas bancarias en las que eran cotitulares ambos cónyuges se plantea si puede considerarse que las primas fueron pagadas a cargo de dicha sociedad y, en consecuencia, la consultante beneficiaria de los seguros solo tributaria en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones por la mitad de la prestación.

La position de la DGT

Si el seguro de vida se contrató con cargo a la sociedad de gananciales y el beneficiario es el cónyuge sobreviviente, la base imponible en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones será la mitad de la cantidad percibida. No obstante, prevalece la presunción de que si solo un cónyuge figura como contratante sin referencia expresa al pago con cargo a la sociedad conyugal, la prima se entiende pagada con bienes privativos. Esta presunción es iuris tantum y puede ser desvirtuada mediante cualquier prueba admisible en derecho.

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