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V2057-19 7 août 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportación no dineraria

Application du régime spécial des apports en nature sous réserve de conditions de participation et de motifs économiques

Deux personnes physiques s'interrogent sur la conformité de l'apport de leurs participations dans une société à une nouvelle entité au regard de l'article 87 de la LIS. La DGT précise que, si les taux de participation et la détention ininterrompue sont respectés, l'opération peut bénéficier du régime spécial dès lors que des motifs économiques valables sont justifiés.

La question posée

Cuestión planteada Si la aportación por parte de Pf1 y de Pf2 de las participaciones de la entidad O, a la sociedad de reciente adquisición, N, cumple todos los requisitos previstos legalmente para acogerse a la figura de la aportación no dineraria prevista en el artículo 87 de la LIS.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen de aportaciones no dinerarias del artículo 87 de la LIS, la entidad receptora debe ser residente en España y el aportante debe mantener una participación de al menos el 5% en sus fondos propios. Además, las participaciones aportadas deben representar al menos el 5% de los fondos propios de la entidad aportada y haber sido poseídas ininterrumpidamente durante el año anterior. Finalmente, la operación no debe tener como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal, debiendo responder a motivos económicos válidos y no a una mera finalidad de ventaja fiscal.

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