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V2047-19 7 août 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportación no dineraria

Application du régime spécial des apports en nature sous conditions de participation et de motifs économiques

Un consultant s'interroge sur l'éligibilité d'un apport de 10 % de parts d'une entité à une autre société au régime spécial de la LIS. La DGT précise que ce régime est applicable si les conditions de participation minimale sont remplies et si l'opération repose sur des motifs économiques valables et non exclusivement fiscaux.

La question posée

Cuestión planteada Si las operaciones descritas pueden acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si existen motivos económicos válidos.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias del artículo 87 de la LIS, la entidad receptora debe ser residente en España o tener un establecimiento permanente, y el aportante debe mantener una participación de al menos el 5% en los fondos propios de la entidad receptora. Además, la operación no debe tener como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal, debiendo basarse en motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades. Los motivos de centralizar la planificación y facilitar la transmisión del patrimonio podrían considerarse válidos, aunque su calificación depende de los hechos y circunstancias de la operación.

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