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V1959-18 2 juillet 2018 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · territorio de aplicación del impuesto

Les acquisitions de biens destinées à un envoi ultérieur vers Ceuta et Melilla sont soumises à la TVA

Une entreprise s'interroge sur l'assujettissement à la TVA lors de l'achat de biens destinés à être revendus à des clients à Ceuta et Melilla. La DGT précise que les achats auprès du fournisseur sont soumis à l'impôt car la livraison intervient sur le territoire d'application de la TVA.

La question posée

Cuestión planteada Si por las dos adquisiciones de bienes efectuadas debe soportar el Impuesto sobre el Valor Añadido o únicamente por los bienes finalmente revendidos en el territorio de aplicación del impuesto.

La position de la DGT

Las entregas de bienes de los proveedores están sujetas al IVA si la puesta a disposición ocurre en el territorio de aplicación del impuesto o si el transporte se inicia en él. La exención por exportación no se aplica a la compra inicial porque es la consultante, y no el proveedor, quien expide los bienes fuera de la Comunidad. No obstante, la venta posterior de la consultante a clientes en Ceuta y Melilla sí podría estar exenta si se cumplen los requisitos legales.

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