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V1922-18 29 juin 2018 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · agrupación de interés económico

L'AIE peut bénéficier de la déduction pour spectacles vivants si elle remplit les conditions de la LIS

Une agrupación de interés económico (AIE) demande si elle peut appliquer la déduction de 20 % pour les dépenses liées à la production et à la diffusion d'un festival de musique. La DGT confirme que cela est possible sous réserve du respect des conditions légales et de l'identification précise des coûts directs autorisés.

La question posée

Cuestión planteada 1. Si los gastos realizados en la producción y exhibición del Festival por la AIE darán lugar a la aplicación de la deducción del artículo 36.3 de la LIS.

La position de la DGT

La AIE podrá aplicar la deducción del 20% si cumple los requisitos de certificación y reinversión de beneficios previstos en el art. 36.3 LIS. La base de la deducción incluye costes directos artísticos, técnicos y promocionales, como gastos de personal o de intermediación, pero excluye gastos de estructura, seguros, seguridad o servicios médicos. Los gastos refacturados por un socio pueden incluirse si la AIE es quien soporta los costes. Finalmente, las bases de las deducciones se imputarán a los socios residentes en España según su participación en los estatutos.

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