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V1921-19 22 juillet 2019 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IVA · sujeción al impuesto

Les services fournis à une entreprise au Royaume-Uni ne sont pas assujettis à la TVA en Espagne

Un ingénieur en télécommunications s'interroge sur l'assujettissement à la TVA de ses services rendus à une entreprise au Royaume-Uni ainsi que sur ses obligations au titre de l'IRPF. La DGT détermine que l'opération n'est pas assujettie à la TVA espagnole et que le professionnel doit effectuer des versements fractionnés d'IRPF en l'absence de retenues préalables.

La question posée

Cuestión planteada A efectos del IVA, si las operaciones están sujetas o exentas de este impuesto, así como otras cuestiones en relación con la liquidación del mismo.

La position de la DGT

Los servicios prestados a una empresa de Reino Unido no se localizan en el territorio de aplicación del IVA, por lo que no están sujetos al impuesto. El destinatario será el sujeto pasivo mediante el mecanismo de inversión del sujeto. En IRPF, el profesional está obligado a realizar pagos fraccionados si en el año anterior no se soportaron retenciones en al menos el 70% de los ingresos de la actividad.

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