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V1858-20 9 juin 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · canje de valores

Application du régime spécial d'échange de valeurs et d'apports en nature sous réserve du respect des conditions légales

La DGT examine si une opération d'échange de valeurs et d'apports de parts sociales au sein d'une entreprise familiale peut bénéficier du régime spécial de la LIS. La Direction indique que cela est possible dès lors que sont respectées les conditions relatives à la majorité des droits de vote, à la participation minimale dans les capitaux propres et que l'objectif principal n'est pas la fraude ou l'avantage fiscal.

La question posée

Cuestión planteada Si resultaría de aplicación a las operaciones de canje de valores descritas en el régimen especial de fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores y cambio de domicilio social de una Sociedad Europea o una Sociedad Cooperativa Europea de un Estado miembro a otro de la Unión Europea, recogido en el capítulo VII del título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

Para el canje de valores, la entidad debe adquirir una participación que le permita obtener la mayoría de los derechos de voto y cumplir los requisitos del artículo 80 de la LIS. En las aportaciones no dinerarias de personas físicas, las participaciones deben representar al menos el 5% de los fondos propios de la entidad receptora, haber sido poseídas ininterrumpidamente durante el año anterior y la entidad no debe ser una AIE, UTÉ o de gestión de patrimonio. El régimen no se aplicará si la operación tiene como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal, o si carece de motivos económicos válidos.

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