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V1792-22 27 juillet 2022 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · mínimo por ascendientes

Conditions d'application du minimum pour ascendants en situation de handicap accueillis en établissement spécialisé

Le demandeur s'interroge sur la notion de dépendance d'un ascendant en situation de handicap pour l'application du minimum pour ascendants lorsque celui-ci est accueilli dans un établissement spécialisé. La DGT précise que les conditions d'âge ou de handicap, de cohabitation (y compris en établissement spécialisé), de plafonds de revenus et de dépendance économique doivent être respectées.

La question posée

Cuestión planteada En cuanto a la aplicación del mínimo por ascendientes se refiere, se solicita aclaración del término "dependiendo del mismo" que aparece recogido en el artículo 59 de la LIRPF.

La position de la DGT

Para aplicar el mínimo por ascendientes, el ascendiente debe ser mayor de 65 años o tener una discapacidad igual o superior al 33 por ciento, convivir con el contribuyente al menos la mitad del periodo impositivo y no tener rentas superiores a 8.000 euros ni declarar rentas superiores a 1.800 euros. En el caso de ascendientes con discapacidad internados en centros especializados, se considera que conviven con el contribuyente siempre que dependan económicamente de este. La dependencia económica es una cuestión de hecho que debe probarse ante la Administración mediante los medios de prueba admitidos en Derecho.

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