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V1768-20 3 juin 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportación no dineraria

L'apport de la quote-part idéale d'une indivision peut bénéficier du régime spécial des apports sous certaines conditions

Une indivision s'interroge sur la possibilité de soumettre l'apport de ses quotes-parts à une société au régime spécial de la LIS, étant donné que ses livres ne sont pas légalisés au Registre du Commerce. La DGT répond que l'apport de la quote-part idéale constitue un apport en nature spécial et que l'absence de légalisation n'empêche pas de satisfaire à l'exigence comptable.

La question posée

Cuestión planteada Si las operaciones descritas podrían acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. En concreto, si cumplen con los requisitos relativos a la contabilidad, ya que, aunque se realiza la llevanza de esta conforme a lo dispuesto al Código de Comercio, no se produce la legalización de los libros en el Registro Mercantil.

La position de la DGT

La aportación de la cuota abstracta o ideal de los comuneros se considera una aportación no dineraria especial bajo el artículo 87.1 de la LIS. Para acogerse al régimen, la entidad receptora debe ser residente en España y cada aportante debe mantener al menos un 5% del capital. El requisito de llevar contabilidad según el Código de Comercio se cumple con lo previsto en su artículo 25, sin que la falta de legalización en el Registro Mercantil sea un impedimento.

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