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V1750-20 3 juin 2020 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · residencia fiscal

La résidence fiscale et l'exonération pour travail à l'étranger conditionnées par le respect de critères légaux

Un employé de croisière s'interroge sur sa résidence fiscale et l'application de l'exonération relative aux revenus perçus à l'étranger. La DGT précise les modalités de détermination de la résidence ainsi que les conditions d'exonération des revenus liés aux déplacements.

La question posée

Cuestión planteada 1.- Residencia fiscal del consultante.

La position de la DGT

La residencia fiscal se determina por la permanencia más de 183 días en España o por tener el núcleo de actividades económicas en territorio español. Si existe conflicto de residencia con otro Estado, se resolverá mediante el Convenio de Doble Imposición aplicable. Para la exención por trabajos en el extranjero, se requiere que el trabajo se realice efectivamente fuera de España para una entidad no residente y que en dicho territorio se aplique un impuesto análogo, sin que sea necesario que la renta haya sido gravada efectivamente allí.

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