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V1730-24 15 juillet 2024 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · ganancia patrimonial

La suspension de la cotation d'une société ne génère pas automatiquement une moins-value pour l'associé

Un contribuable demande si la suspension de la cotation des actions d'une société permet de constater une moins-value patrimoniale. La DGT répond que la perte ne survient que par la vente à un tiers ou suite à la dissolution et à la liquidation de la société.

La question posée

Cuestión planteada Tratamiento fiscal en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La position de la DGT

La suspensión de cotización no supone por sí misma una pérdida patrimonial; para ello es necesaria la disolución y liquidación de la sociedad. En caso de liquidación, la pérdida se computa en el periodo impositivo en que esta se produzca. Alternativamente, la venta de las acciones a un tercero genera una ganancia o pérdida según la diferencia entre el valor de adquisición y el de transmisión.

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