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V1728-24 15 juillet 2024 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · deducción por vehículos eléctricos

Perte de la déduction pour véhicule électrique en cas d'affectation à l'activité économique

Le demandeur s'interroge sur la possibilité d'appliquer la déduction pour l'achat d'un véhicule électrique neuf utilisé à la fois pour son activité économique et à des fins privées. La DGT répond que la déduction exige que le véhicule ne soit pas affecté à une activité économique et que, si une affectation intervient ultérieurement, le droit à cette déduction est perdu.

La question posée

Cuestión planteada Si resulta de aplicación la deducción prevista en la disposición adicional quincuagésima octava de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en caso de que el vehículo eléctrico nuevo se utilice tanto en la actividad económica del consultante como para fines particulares.

La position de la DGT

Para aplicar la deducción por la adquisición de vehículos eléctricos, el vehículo no podrá estar afecto a una actividad económica. Según el Reglamento del IRPF, un vehículo no se considera afecto si se utiliza simultáneamente para actividades económicas y necesidades privadas, salvo que el uso privado sea accesorio e irrelevante. No obstante, la normativa específica de la deducción establece que si con posterioridad a la adquisición se afectan los vehículos a una actividad económica, se perderá el derecho a la deducción practicada.

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