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V1686-20 29 mai 2020 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Les rémunérations des administrateurs sont des revenus du travail soumises à une retenue de 19 % ou 35 %

La DGT précise le type de retenue applicable à un associé exerçant également la fonction d'administrateur. Les paiements liés au mandat d'administrateur constituent des revenus du travail, tandis que d'autres services rendus peuvent être qualifiés de revenus d'activités économiques sous réserve de conditions spécifiques.

La question posée

Cuestión planteada Tipo de retención aplicable a las retribuciones que perciba uno de los socios de una sociedad, que a su vez es administrador de la misma.

La position de la DGT

Las retribuciones por funciones de administrador son rendimientos del trabajo según el artículo 17.2.e) de la LIRPF. Si el cargo es gratuito, no hay retribución que imputar. Otros servicios prestados por el socio pueden ser rendimientos de actividades económicas si la sociedad presta servicios profesionales, el socio realiza tareas propias de dicha actividad y este está dado de alta en el régimen de autónomos o mutualidad. Las retenciones para administradores son del 19% o 35% según el Reglamento del IRPF, mientras que para actividades económicas se aplica lo previsto en el artículo 101.5 de la LIRPF.

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