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V1607-21 27 mai 2021 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Les indemnités pour incapacité temporaire et le paiement des cotisations d'indépendant sont des revenus du travail

Un associé d'une coopérative de travail associé s'interroge sur la qualification fiscale des indemnités pour incapacité temporaire et du paiement de ses cotisations d'indépendant par la mutuelle. La DGT confirme que ces deux concepts constituent des revenus du travail.

La question posée

Cuestión planteada Si ese pago tiene la consideración de rendimiento del trabajo en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del consultante.

La position de la DGT

Las prestaciones de la Seguridad Social por incapacidad temporal son rendimientos del trabajo según el artículo 17.2.a)1ª de la LIRPF. El rendimiento incluye el importe de las cotizaciones al RETA pagadas por la mutua. Al ser el socio de una cooperativa de trabajo asociado, sus retribuciones se consideran rendimientos del trabajo, por lo que el pago de las cuotas del RETA es un gasto deducible del rendimiento del trabajo según el artículo 19.2 a) de la LIRPF.

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