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V1521-23 2 juin 2023 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportación no dineraria

Application du régime spécial des apports en nature sous réserve de conditions de participation et d'ancienneté

La question porte sur la possibilité pour des personnes physiques d'apporter des actions à de nouvelles entités résidentes en Espagne tout en bénéficiant du régime spécial de neutralité fiscale. La DGT précise que cela est possible si les conditions de participation minimale de 5 %, d'ancienneté de la détention et d'absence de fraude ou d'évasion fiscale comme objectif principal sont respectées.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, y si los motivos económicos son válidos.

La position de la DGT

Para que la aportación no dineraria se acoja al régimen especial, la entidad receptora debe ser residente en España y el aportante debe mantener una participación de al menos el 5% en los fondos propios de la entidad. En el caso de personas físicas, las participaciones deben representar al menos el 5% de los fondos propios de la entidad y haber sido poseídas ininterrumpidamente durante el año anterior. La aplicación del régimen queda excluida si la operación tiene como principal objetivo el fraude, la evasión fiscal o carece de motivos económicos válidos.

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