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V1517-23 2 juin 2023 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · entidad parcialmente exenta

Exonération de l'impôt sur les sociétés pour la donation d'immeubles à une fondation bénéficiaire du régime de la Loi 49/2002

Une association à but non lucratif s'interroge sur l'exonération de l'impôt sur les sociétés concernant la plus-value générée par la donation gratuite d'immeubles à une fondation. La DGT précise que ce revenu est exonéré en vertu de la Loi 49/2002, bien que la donation ne constitue pas une charge déductible.

La question posée

Cuestión planteada Si el beneficio, renta o plusvalía que se pudiera producir respecto de los inmuebles que se transmitirán gratuitamente a la Fundación, con motivo de la donación, quedaría exenta en el Impuesto sobre Sociedades de la asociación consultante, al estar acogida la Fundación, como entidad beneficiaria de la donación al régimen fiscal previsto en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

La position de la DGT

Las plusvalías derivadas de la donación de fincas a una entidad beneficiaria del régimen de la Ley 49/2002 quedan exentas del Impuesto sobre Sociedades según el artículo 23.1 de dicha ley. La renta se determina por la diferencia entre el valor normal de mercado y el valor contable de los inmuebles. No obstante, la donación no se considera un gasto fiscalmente deducible para la entidad donante.

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