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V1492-20 20 mai 2020 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · deducción por cónyuge con discapacidad

Application de la déduction pour conjoint handicapé percevant une pension non contributive

Le demandeur s'interroge sur l'éligibilité à la déduction pour conjoint non séparé légalement en situation de handicap percevant une pension non contributive de la Xunta de Galicia. La DGT précise que si ladite pension provient du Régime Général de la Sécurité Sociale (retraite ou invalidité), la condition nécessaire à l'application de la déduction est remplie.

La question posée

Cuestión planteada Si percibiendo el contribuyente una pensión no contributiva abonada por la Xunta de Galicia, y cumpliendo el resto de los requisitos exigidos para ello, puede aplicarse la deducción por cónyuge no separado legalmente con discapacidad a cargo.

La position de la DGT

Para aplicar la deducción por cónyuge no separado legalmente con discapacidad, el contribuyente debe realizar actividad por cuenta propia o ajena, o percibir prestaciones contributivas y asistenciales del sistema de protección del desempleo, pensiones de la Seguridad Social, Clases Pasivas o mutualidades. Si la pensión no contributiva es de jubilación o invalidez regulada en el Régimen General de la Seguridad Social, se cumple este requisito. Por tanto, si se cumplen los demás requisitos del artículo 81 bis.1.d) de la LIRPF, procede la deducción.

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