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V1404-22 15 juin 2022 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · mediación de seguros

La médiation d'assurance est exonérée de TVA si le destinataire est espagnol, mais non assujettie s'il est étranger

Une entreprise s'interroge sur le traitement de la TVA applicable à ses activités de médiation d'assurance et d'organisation d'assistance médicale. La DGT détermine que la médiation est exonérée si le client est espagnol, mais qu'elle n'est pas assujettie s'il est étranger, tandis que l'organisation d'assistance ne constitue pas une activité de médiation exonérée.

La question posée

Cuestión planteada - Si la actividad de mediación, como agencia de seguros, para compañías sin establecimiento permanente ni residencia fiscal en España está sujeta y, en su caso, exenta del impuesto sobre el valor añadido. Y si serían deducibles las cuotas del impuesto sobre el valor añadido soportadas en adquisiciones directamente relacionadas con esta actividad.

La position de la DGT

Los servicios de mediación de seguros prestados a aseguradoras en España están sujetos y exentos de IVA. Si el destinatario es una aseguradora no establecida en España, la mediación no está sujeta al impuesto. Los servicios de organización de asistencia médica no constituyen mediación y, si se prestan en nombre propio a aseguradoras españolas, están sujetos y exentos. Si se prestan a aseguradoras no establecidas en España, no están sujetos.

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