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V1368-25 21 juillet 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · rendimiento neto del trabajo

Déduction des cotisations d'une convention spéciale avec la Sécurité sociale : exercice de déductibilité

Une consultante s'interroge sur l'exercice fiscal (2024 ou 2025) auquel doivent être imputées les cotisations d'une convention spéciale avec la Sécurité sociale au titre de l'IRPF. La DGT précise que la déduction doit être effectuée lors de l'exercice au cours duquel les cotisations sont exigibles, conformément au mode de paiement choisi.

La question posée

Cuestión planteada Si las cuantías abonadas en enero y febrero de 2025 correspondientes a dicho convenio, se podrían considerar como gasto fiscalmente deducible en la declaración de IRPF-2024, ya que fue en 2024 cuando se suscribió el convenio, o bien en la declaración de IRPF-2025, ya que fue en 2025 cuando ambas cuotas fueron efectivamente abonadas.

La position de la DGT

Las cotizaciones a la Seguridad Social son gastos deducibles de los rendimientos del trabajo. Estos gastos deben imputarse al período impositivo en que sean exigibles, lo cual depende del sistema de abono (pago único o fraccionado) elegido por el suscriptor. En este caso, al haber elegido el pago fraccionado con cuotas en 2025, la deducción corresponde al ejercicio 2025.

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