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V1326-26 29 mai 2026 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · mínimo por descendientes

Le droit au minimum pour descendants et à la déclaration conjointe dépend de la garde et de la surveillance

Le demandeur s'interroge sur la possibilité d'appliquer le minimum pour descendants et de présenter une déclaration conjointe avec son enfant suite à une modification de la convention de divorce. L'administration fiscale répond qu'en raison de la garde et de la surveillance exclusive exercées par la mère, le père ne bénéficie que de la déduction pour pension alimentaire et non de la déclaration conjointe.

La question posée

Cuestión planteada Si puede aplicarse el mínimo por descendientes, y presentar declaración conjunta con su hijo en su declaración de IRPF-2025.

La position de la DGT

Existe una incompatibilidad entre el mínimo por descendientes y el régimen de anualidades por alimentos de los artículos 64 y 75 de la LIRPF. El progenitor con guarda y custodia tiene derecho al mínimo por descendientes, mientras que el que no la tiene y paga alimentos debe aplicar la especialidad de los artículos 64 y 75. Respecto a la declaración conjunta, el derecho corresponde a quien tenga la guarda y custodia a la fecha de devengo del impuesto.

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