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V1300-21 7 mai 2021 · SG de Tributos Locales Critère en vigueur
OTRO · actividad agrícola

Vente d'huile d'olive après sous-traitance de la fabrication : obligation d'immatriculation à l'IAE

Une agricultrice s'interroge sur la nécessité de s'immatriculer à l'IAE pour la vente occasionnelle d'huile d'olive après sa transformation dans un moulin. La DGT précise que si l'agricultrice confie la transformation à un tiers et facture la vente, elle exerce une activité industrielle.

La question posée

Cuestión planteada Se desea saber si la agricultora realiza una actividad empresarial de venta de aceite, o se entiende que la venta ocasional de aceite forma parte de su actividad agraria, y, en consecuencia, por esta actividad de venta de aceite no se requiere alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas.

La position de la DGT

La actividad agrícola no está sujeta al IAE, incluyendo la venta de sus productos. Sin embargo, si el titular encarga a un tercero la transformación de la materia prima (aceituna) en un nuevo producto (aceite) y factura su venta, realiza una actividad empresarial de carácter industrial. En este caso, debe darse de alta en el epígrafe 411.1 de las Tarifas del impuesto.

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