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V1298-15 28 avril 2015 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · rendimientos de actividades económicas

Les services professionnels d'un associé à sa société peuvent constituer des revenus d'activité économique sous conditions

La DGT examine si la rémunération de services autres que l'administration, fournis par une associée à sa société, peut être imposée comme un revenu d'activité économique. Suite à la réforme de la LIRPF, la DGT précise que cela dépend du caractère professionnel de l'activité, de l'objet social de la société et de l'affiliation de l'associé au régime des travailleurs indépendants ou à une mutuelle.

La question posée

Cuestión planteada Se consulta la tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por la retribución corrrespondiente a los servicios distintos a los derivados de su condición de administradora prestados por la consultante a la sociedad, teniendo en cuenta la nueva redacción dada al artículo 27 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por la Ley 26/2014.

La position de la DGT

Para que los servicios prestados por un socio a su sociedad sean rendimientos de actividad económica, la actividad debe estar incluida en la Sección Segunda de las Tarifas del IAE, tanto para el socio como para la sociedad. Además, el socio debe estar dado de alta en el régimen especial de la Seguridad Social de trabajadores por cuenta propia o en una mutualidad alternativa. Si no se cumplen estos requisitos, la retribución tendrá la naturaleza de trabajo personal.

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