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V1261-15 24 avril 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · escisión parcial financiera

Application du régime spécial aux opérations de scission, d'apport de participations et de branches d'activité

Une entité familiale s'interroge sur la possibilité d'appliquer le régime spécial de la LIS à une scission partielle financière, à l'apport de participations par les enfants et à l'apport de branches d'activité (immobilière et agricole). La DGT conclut que, sous réserve du respect des conditions d'autonomie économique et de l'existence de motifs valables, ces opérations sont éligibles à ce régime.

La question posée

Cuestión planteada Si las operaciones descritas pueden acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades 27/2014, de 27 de noviembre.

La position de la DGT

La escisión parcial financiera puede acogerse al régimen especial si el patrimonio segregado son participaciones mayoritarias y el patrimonio remanente incluye otras participaciones mayoritarias o una rama de actividad. Las aportaciones de participaciones sociales por personas físicas cumplen el régimen si representan al menos el 5% de los fondos propios, se poseen ininterrumpidamente durante el año anterior y el aportante mantiene al menos un 5% tras la operación. La aportación de rama de actividad es válida si el patrimonio constituye una unidad económica autónoma que permita desarrollar la actividad en condiciones análogas. Los motivos de sucesión y relevo generacional se consideran económicos válidos para evitar la aplicación del artículo 89.2 LIS.

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