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V1226-14 7 mai 2014 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Critère en vigueur
ISD · trust

Les donations via un trust sont considérées comme effectuées directement par le constituant

La question porte sur la taxation d'une donation d'argent et de valeurs mobilières effectuée par une grand-mère via un trust : doit-elle être traitée comme une donation directe de la grand-mère aux petits-enfants ? La DGT répond qu'en l'absence de reconnaissance de la figure du trust en Espagne, le principe de transparence fiscale s'applique.

La question posée

Cuestión planteada Primera: Si a efectos de la aplicación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, la donación dineraria efectuada a los consultantes por su abuela a través del trust no debería entenderse realizada por el trust, sino directamente por la persona física constituyente del mismo, esto es, de la abuela a favor de los consultantes.

La position de la DGT

La figura del trust no está reconocida por el ordenamiento jurídico español. Por tanto, las relaciones entre los aportantes de bienes y sus beneficiarios se consideran realizadas directamente entre ambos, como si el trust no existiese. En este caso, la donación se entiende realizada directamente por la abuela a favor de los nietos, constituyendo el hecho imponible del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

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