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V1203-16 23 mars 2016 · SG de Tributos Critère en vigueur
OTRO · titularidad

Obligation de déclarer l'extinction de la détention de biens à l'étranger dans la déclaration annuelle

Le consultant s'interroge sur la définition de l'extinction de la détention de valeurs ou de droits à l'étranger au sens de l'article 42 ter du Règlement général de gestion et d'inspection fiscale. La DGT précise que l'obligation de déclaration subsiste dès lors que l'on a été titulaire à tout moment de l'année, en devant mentionner la date à laquelle l'extinction est intervenue.

La question posée

Cuestión planteada ¿Qué se entiende por "se extingue la titularidad" a efectos del artículo 42 ter del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto1065/2007, de 27 de julio, en el caso de valores o derechos representativos en cualquier tipo de entidad jurídica así como de acciones y participaciones en el capital social o fondo patrimonial de Instituciones de Inversión colectiva?

La position de la DGT

La obligación de informar se extiende a quien haya sido titular o titular real de los bienes en cualquier momento del año y haya perdido dicha condición a 31 de diciembre. La extinción de la titularidad o titularidad real ocurre cuando cesa la condición de declarante por la que ya se informó del bien. La pérdida de titularidad, ya sea parcial o total, debe reflejarse en la declaración informativa, considerándose la titularidad respecto a cada participación o valor individualmente.

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