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V1165-24 23 mai 2024 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · convenio especial

Les cotisations au régime spécial de la Sécurité sociale sont déductibles de l'IRPF

Un salarié s'interroge sur la déductibilité des cotisations mensuelles versées dans le cadre d'un régime spécial auprès de la Sécurité sociale. La DGT confirme que ces cotisations sont déductibles lors de la détermination du revenu net du travail.

La question posée

Cuestión planteada Si dichos pagos tienen la consideración de gasto fiscalmente deducible en su declaración de IRPF.

La position de la DGT

Las cotizaciones al Convenio Especial con la Seguridad Social se consideran gastos deducibles según el artículo 19.2 de la Ley 35/2006. Al suscribirse este acuerdo, el trabajador se encuentra en situación asimilada a la de alta en el Régimen de la Seguridad Social. Por tanto, dichas cotizaciones son deducibles al determinar el rendimiento neto del trabajo, independientemente de si se tributa de forma individual o conjunta.

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