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V1113-16 21 mars 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · deducibilidad

Déductibilité de la TVA sur les frais préalables au début d'activité sous réserve de prouver l'intention d'exercer une activité économique

Une entreprise a sollicité des précisions sur la déductibilité de la TVA relative à un loyer et à des travaux de rénovation engagés avant le début de son activité, ainsi que sur le traitement fiscal des prêts consentis à un associé. La DGT confirme que ces dépenses sont déductibles si l'intention d'entreprendre est établie et analyse la nature des opérations financières.

La question posée

Cuestión planteada Cuál sería la tributación a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Impuesto sobre Sociedades, tanto para la mercantil que actuó como promotora de la obra en su inicio, como para el socio persona física que explota el negocio. En concreto, que consideración tendrán los gastos de los tres primeros meses de alquiler y la primera certificación de obra que abonó la entidad consultante, así como las cantidades prestadas por la sociedad al socio para poder hacer frente al pago de las mismas.

La position de la DGT

En el IVA, los gastos de inversión son deducibles si se acredita con elementos objetivos la intención de iniciar una actividad económica. El préstamo de la sociedad al socio constituye una actividad económica si se realiza con fines comerciales para rentabilizar capitales. En el Impuesto sobre Sociedades, los gastos de reforma y alquiler son deducibles si cumplen los requisitos de inscripción contable, devengo y justificación. El préstamo debe valorarse por su valor razonable según el Plan General de Contabilidad.

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