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V1081-22 17 mai 2022 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · escisión total

Une scission totale peut bénéficier du régime fiscal spécial sous réserve du respect des conditions de la LIS et de motifs économiques valables

La consultante s'interroge sur la possibilité d'appliquer le régime spécial de la LIS à une opération de scission et sur la validité de ses motifs économiques. La DGT précise que, si les conditions légales sont remplies et que l'attribution des valeurs est proportionnelle, le régime pourrait s'appliquer, à condition que l'objectif principal ne soit pas la fraude ou l'avantage fiscal.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si existen motivos económicos válidos.

La position de la DGT

Para que una escisión se acoja al régimen especial del Capítulo VII del Título VII de la LIS, debe cumplir los requisitos del artículo 76.2.1º.a) y, si la atribución de valores no es proporcional, los patrimonios deben constituir ramas de actividad. No se aplicará el régimen si la operación tiene como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal, o si carece de motivos económicos válidos según el artículo 89.2 de la LIS. Los motivos de separar patrimonios para facilitar la entrada de socios y la inversión podrían considerarse económicamente válidos, aunque su calificación depende de los hechos.

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