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V1071-20 27 avril 2020 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · atribución de rentas

Seuls les revenus et les charges de l'officine peuvent être imputés au titulaire autorisé

Deux frères s'interrogent sur la possibilité de répartir par moitié les revenus et les charges d'une officine de pharmacie. La DGT répond que, dès lors qu'un seul est autorisé à l'exploitation, il est l'unique titulaire de l'activité et doit donc imputer l'intégralité des produits et des charges.

La question posée

Cuestión planteada Dado que los consultantes consideran que en virtud del citado acuerdo deben tributar ambos hermanos en el régimen de atribución de rentas por los ingresos obtenidos por la oficina de farmacia, distribuyéndolos por mitad, se cuestionan si los gastos correspondientes a la amortización del local, del mobiliario y enseres y del fondo de comercio, se deben imputar asimismo a ambos hermanos por mitad.

La position de la DGT

Los rendimientos de actividades económicas se consideran obtenidos por quien realiza la ordenación de los medios de producción. En actividades regladas como la farmacia, el ejercicio conjunto requiere que la autorización se extienda a la entidad. Si solo un farmacéutico está autorizado, es el único titular de la actividad y debe imputarse la totalidad de los rendimientos y gastos de inmovilizado. El titular podrá deducir los intereses pagados al otro hermano si este financió la adquisición.

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