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V1028-14 10 avril 2014 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · régimen fiscal especial

Application du régime spécial de fusion possible sous réserve de motifs économiques valables

Une société promotrice s'interroge sur la possibilité d'appliquer le régime fiscal spécial de fusion malgré la présence de bases imposables négatives au sein de la société absorbée. La DGT confirme que cela est envisageable si l'opération remplit les conditions commerciales et poursuit des objectifs économiques réels, tels que la rationalisation des activités.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VIII, del título VII del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de Marzo.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de fusiones, la operación debe realizarse bajo la Ley de modificaciones estructurales y cumplir el artículo 83.1 del TRLIS. No se aplicará el régimen si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, o si carece de motivos económicos válidos. La existencia de bases imponibles negativas en la transmitente no impide el régimen, siempre que se mantengan las actividades y se mejore la situación financiera. Las bases imponibles negativas podrán compensarse siguiendo las limitaciones de los artículos 90.3 y la disposición transitoria cuadragésima primera del TRLIS.

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