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V1022-16 15 mars 2016 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · inversión del sujeto pasivo

Application de l'autoliquidation de la TVA sur la livraison d'argent en poudre, brut ou semi-travaillé

Une entité non établie en Espagne s'interroge sur l'application du mécanisme d'autoliquidation lors de l'achat et de la revente de métaux précieux, ainsi que sur le traitement de leur transport ultérieur. La DGT détermine que la règle de l'autoliquidation s'applique à l'argent dans les catégories de la nomenclature combinée indiquées.

La question posée

Cuestión planteada 1. Aplicación de la regla de inversión del sujeto pasivo prevista en el artículo 84.Uno.2º.g) de la Ley 37/1992 en las adquisiciones de metales preciosos. 2. Tratamiento jurídico en el Impuesto a las salidas de los metales de los almacenes de la consultante.

La position de la DGT

La regla de inversión del sujeto pasivo del artículo 84.Uno.2º.g) de la Ley 37/1992 se aplica a las entregas de plata en polvo, en bruto o semilabrada incluidas en la Nomenclatura Combinada, independientemente de si el proveedor está establecido en el territorio de aplicación del impuesto. El transporte de mercancías a un Estado miembro de la UE para su refinado se considera una entrega de bienes asimilada, sujeta y exenta. Si el destino es un Estado tercero, la operación no estará sujeta al impuesto. Las entregas interiores no se revisan por el destino posterior de los bienes.

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