Aller au contenu
Retour à l'index
V1016-17 25 avril 2017 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · mínimo personal y familiar

Absence de déduction spécifique à l'IRPF pour les frais de personnel de maison

Un contribuable en situation de handicap demande s'il peut déduire les frais d'une employée de maison de son impôt étatique et régional. La DGT répond que la loi ne prévoit pas une telle déduction, bien que certaines situations soient prises en compte dans le minimum personnel et familial.

La question posée

Cuestión planteada Si una persona con discapacidad del 55 por ciento y que necesita ayuda de terceras personas, tiene alguna deducción en la cuota (tanto a nivel estatal como autonómico -Andalucia-), por los gastos ocasionados por tener empleada a una persona para el servicio doméstico, por la que paga una cuota fija a la seguridad social del régimen especial de empleadas del hogar. En caso afirmativo, en qué partida o concepto sería deducible.

La position de la DGT

La Ley del Impuesto no incluye una consideración expresa de las cantidades abonadas a personas que realicen tareas domésticas ni de los gastos que puedan originarse. No obstante, en la cuantificación del mínimo personal y familiar se tienen en cuenta situaciones que podrían implicar la necesidad de contratar servicios en el hogar. Respecto a la deducción autonómica en Andalucía, la competencia para responder recae en la Administración territorial correspondiente.

Email
Contact