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V0829-17 4 avril 2017 · SG de Tributación de las Operaciones Financieras Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Refus de l'application de la réduction de 30 % sur l'indemnité d'une assurance de fidélisation considérée comme revenu du travail

Une salariée a demandé si le capital reçu au titre d'une assurance de fidélisation permettait de bénéficier de la réduction de 30 % prévue à l'article 18.2 de la LIRPF. La DGT a répondu que l'application de ladite réduction est impossible.

La question posée

Cuestión planteada Tratamiento fiscal de la prestación percibida en forma de capital por la consultante al vencimiento del seguro en 2016. Posibilidad de aplicar la reducción del 30 por ciento prevista en el artículo 18.2 de la Ley 35/2006. Tratamiento fiscal de la prestación percibida en forma de capital por la consultante al vencimiento del seguro en 2016. Posibilidad de aplicar la reducción del 30 por ciento prevista en el artículo 18.2 de la Ley 35/2006.

La position de la DGT

La prestación tiene la consideración de rendimientos del trabajo según el artículo 17.1 de la Ley 35/2006. No procede la reducción del 30% del artículo 18.2 porque la cantidad no se califica reglamentariamente como obtenida de forma notoriamente irregular. Asimismo, al mantener la empresa el derecho de rescate sobre el seguro, no se considera que el rendimiento se haya generado durante un período superior a dos años.

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