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V0825-17 3 avril 2017 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Critère en vigueur
ISD · reducción por actividad empresarial

Inapplicabilité de la réduction pour activité entrepreneuriale en cas de succession sans exonération de l'impôt sur la fortune

La question porte sur l'application de la réduction prévue à l'article 20.2.c) de l'ISD à une société civile sans objet commercial. La DGT précise que cette réduction exige que le défunt bénéficiait d'une exonération de l'impôt sur la fortune, laquelle n'est accordée que si l'activité est exercée de manière habituelle, personnelle et directe, et constitue la principale source de revenus.

La question posée

Cuestión planteada Si en caso de transmisión "mortis causa" de los inmueble procedería la reducción prevista en el artículo 20.2.c) de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, incluyéndose los mismos en la base de la reducción. Si debe entenderse que cada socio desarrolla por sí mismo la actividad. Aplicabilidad de la reducción del artículo 20.2.c) en caso de fallecimiento de cada esposo, teniendo en cuenta que la esposa nunca ha ejercido la actividad.

La position de la DGT

Para disfrutar de la reducción del artículo 20.2.c) de la Ley 29/1987, es condición necesaria que el causante tuviera derecho a la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio. En sociedades civiles sin objeto mercantil, la actividad debe considerarse a cada socio individualmente. Si el fallecido no cumple los requisitos de ejercicio habitual, personal, directo y de principal fuente de renta, no tendrá derecho a la exención y, por tanto, no podrá aplicar la reducción en su sucesión.

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