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V0821-15 13 mars 2015 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · residencia fiscal

Possibilité d'exonération de l'IRPF pour les revenus de travail à l'étranger des membres d'équipage de croisière

Un membre d'équipage de croisière sous contrat aux États-Unis s'interroge sur l'exonération de ses revenus perçus à l'étranger. La DGT précise que, s'il est résident fiscal en Espagne, il peut bénéficier de l'exonération prévue à l'article 7.p) de la LIRPF.

La question posée

Cuestión planteada Tributación de las rentas percibidas por el trabajo contratado en el extranjero. Posibilidad de aplicar la exención prevista en la letra p) del artículo 7 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La position de la DGT

Si el trabajador es residente fiscal en España, puede aplicar la exención de los rendimientos del trabajo realizados en el extranjero bajo el límite de 60.100 euros anuales. Para ello, los trabajos deben realizarse para una entidad no residente y en un territorio donde se aplique un impuesto análogo que no sea paraíso fiscal. Se entiende cumplido el requisito de trabajo en el extranjero si existe desplazamiento y el centro de trabajo se ubica temporalmente fuera de España.

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