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V0821-15 13 mars 2015 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · residencia fiscal

Possibilité d'exonération de l'IRPF pour les revenus de travail à l'étranger des membres d'équipage de croisière

Un membre d'équipage de croisière sous contrat aux États-Unis s'interroge sur l'exonération de ses revenus perçus à l'étranger. La DGT précise que, s'il est résident fiscal en Espagne, il peut bénéficier de l'exonération prévue à l'article 7.p) de la LIRPF.

La question posée

Tributación de las rentas percibidas por el trabajo contratado en el extranjero. Posibilidad de aplicar la exención prevista en la letra p) del artículo 7 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La position de la DGT

Para aplicar la exención, el trabajador debe ser residente fiscal en España y realizar los trabajos para una entidad no residente o un establecimiento permanente en el extranjero. El trabajo debe prestarse efectivamente fuera de España y en el territorio debe aplicarse un impuesto análogo sin ser paraíso fiscal. En este caso, al trabajar en un crucero con base en Miami para una empresa estadounidense, se cumplen las condiciones para la exención con el límite de 60.100 euros anuales.

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