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V0654-14 10 mars 2014 · SG de Fiscalidad Internacional Critère en vigueur
IS · residencia fiscal

Le siège de direction effective détermine la résidence fiscale en cas de double résidence (Convention Espagne-Allemagne)

Une entité constituée en Espagne et y ayant son siège social, mais dont la gestion est intégralement assurée depuis l'Allemagne, s'interroge sur sa résidence fiscale. La DGT détermine qu'en cas de double résidence, le lieu du siège de direction effective prévaut conformément à la Convention avec l'Allemagne.

La question posée

Cuestión planteada Determinación de si la entidad consultante debe ser considerada residente fiscal en España o en Alemania.

La position de la DGT

Si una entidad es residente en España por su constitución o domicilio, pero también en Alemania por su normativa interna, se aplicará el Convenio para evitar la doble imposición. Según el artículo 4.3 del Convenio hispano-alemán, la entidad será residente exclusivamente en el Estado donde se encuentre su sede de dirección efectiva. Si las decisiones comerciales clave y de gestión se toman en Alemania, la entidad será residente fiscal en Alemania y no estará sujeta al Impuesto sobre Sociedades en España.

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