Aller au contenu
Retour à l'index
V0635-15 20 février 2015 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · indemnización por despido

Non-application du plafond de 180 000 euros à l'exonération des indemnités de licenciement collectif si la consultation a débuté avant août 2014

Une entreprise s'interroge sur l'exonération des indemnités de licenciement collectif et la réduction pour irrégularité. La DGT précise que, la période de consultation ayant été notifiée avant le 1er août 2014, le plafond d'exonération de 180 000 euros ne s'applique pas.

La question posée

Cuestión planteada Aplicación de la exención regulada en el artículo 7 e) de la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de la reducción del 40% por irregularidad prevista en el artículo 18.2 de la misma Ley.

La position de la DGT

En despidos colectivos con periodo de consultas comunicado antes del 1 de agosto de 2014, no aplica el límite de 180.000 euros de la exención del artículo 7 e) LIRPF. La parte exenta es la que no supere los límites obligatorios del Estatuto de los Trabajadores para el despido improcedente. El exceso sobre dichos límites tributa como rendimiento del trabajo, pudiendo aplicarse la reducción por irregularidad del artículo 18.2 LIRPF (40% si es exigible antes de 2015 o 30% si es a partir de esa fecha).

Email
Contact