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V0611-16 15 février 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Les revenus des associés professionnels : activités économiques ou revenus du travail selon le régime de sécurité sociale

La question porte sur la nature des revenus de deux associés fournissant des services de gestion et d'avocat à leur propre société. La DGT détermine que les rémunérations d'administrateur constituent des revenus du travail, tandis que les services professionnels peuvent être qualifiés d'activités économiques sous réserve du respect de conditions spécifiques liées à l'activité et au régime de sécurité sociale.

La question posée

Cuestión planteada 1º) Se plantea cuál es la naturaleza de los rendimientos obtenidos por quien lleva a cabo las tareas de gerencia, por parte del socio A y por quien lleva a cabo las tareas propias de la abogacía, socio B, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En su caso, cual sería el porcentaje de retención.

La position de la DGT

Las retribuciones por funciones de administrador son rendimientos del trabajo. Los servicios profesionales de los socios serán rendimientos de actividades económicas si la actividad está en la Sección Segunda del IAE y el socio está en el régimen especial de autónomos o mutualidad. Si no se cumplen ambos requisitos, serán rendimientos del trabajo personal. Para el IVA, la sujeción depende de si el socio organiza medios propios o actúa con subordinación y sin riesgo económico.

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