Aller au contenu
Retour à l'index
V0582-22 21 mars 2022 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Déduction des rémunérations du conjoint en tant que revenus du travail : obligation d'être salarié

La question porte sur la possibilité de qualifier les rémunérations versées à un conjoint travailleur indépendant collaborateur de revenus du travail, afin d'appliquer une majoration des charges déductibles pour handicap. La DGT précise que pour être considérées comme des revenus du travail, ces rémunérations exigent que le conjoint soit affilié au Régime Général ou aux régimes spéciaux de salariés, et non au Régime Spécial des Travailleurs Indépendants.

La question posée

Cuestión planteada Importe de la retribución que se debe satisfacer al cónyuge por parte del titular de la actividad económica y posibilidad de aplicarse el incremento en concepto de otros gastos deducibles por ser el cónyuge trabajador activo discapacitado.

La position de la DGT

Las retribuciones al cónyuge son rendimientos del trabajo si trabajan habitualmente en la actividad con contrato laboral y afiliación al régimen de Seguridad Social correspondiente para asalariados. No es válida la afiliación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos para este fin. Para aplicar el incremento de gastos deducibles por discapacidad, el cónyuge debe ser trabajador en activo, entendiendo esto como la prestación efectiva de servicios retribuidos por cuenta ajena bajo la organización y dirección de un empleador.

Email
Contact