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V0578-19 19 mars 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · imputación temporal

Impossibilité de rectifier la liquidation de 2007 pour déduire des indemnités si la charge est comptabilisée ultérieurement

Une entreprise a sollicité la possibilité de rectifier sa déclaration d'impôt sur les sociétés de 2007 afin de déduire des indemnités versées à des locataires suite à une transformation urbaine. La DGT conclut que, si la dépense est enregistrée comptablement lors d'un exercice ultérieur sous forme de dotation aux réserves, la rectification de l'exercice 2007 est irrecevable.

La question posée

Cuestión planteada 1. Si se consideran correctos los tratamientos contable y fiscal que se han manifestado, así como el de instar la rectificación de la liquidación del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2007 para que se reduzca la base imponible del mismo en el importe de las indemnizaciones, con la consiguiente devolución de la cuota diferencial, ya que 2007 no está prescrito.

La position de la DGT

Si la subsanación de un error contable implica registrar un gasto en un periodo posterior al de su devengo, dicho gasto se integrará en la base imponible del ejercicio en que se registre contablemente. No procede instar la rectificación de la declaración del ejercicio en que se produjo el devengo original si ello derivaría en una tributación inferior a la que correspondería por la regla general de imputación temporal. En caso de que el ejercicio original esté prescrito, el gasto no será fiscalmente deducible.

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