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V0538-22 17 mars 2022 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · autorización administrativa

La cession d'usage de biens domaniaux par autorisation administrative n'est pas soumise à la TVA

Une municipalité s'interroge sur la fiscalité liée à la cession d'une piscine municipale, la facturation des services publics et la déductibilité des travaux d'amélioration. La DGT détermine que la cession de biens domaniaux n'est pas soumise à l'impôt et analyse le traitement des fournitures selon leur nature.

La question posée

Cuestión planteada Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de la referida autorización administrativa, así como del pago de suministros que la adjudicataria va a realizar al consultante. Deducibilidad de las cuotas soportadas en las obras de mejora objeto de consulta.

La position de la DGT

La cesión de uso de bienes de dominio público mediante concesión o autorización administrativa no está sujeta al IVA. Respecto a los suministros, si se actua como suplido (pagando en nombre y por cuenta del cliente bajo mandato expreso), la operación no está sujeta. Si es una refacturación independiente, tributa al tipo general. Si los suministros son accesorios a la prestación principal, reciben el mismo tratamiento fiscal que esta.

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