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V0534-17 2 mars 2017 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · residencia fiscal

La résidence fiscale en Espagne se détermine par le séjour de 183 jours ou le centre des intérêts économiques

Un couple s'étant installé aux États-Unis s'interroge sur sa qualité de résident fiscal en Espagne ou dans ce pays. La DGT précise que la résidence en Espagne dépend de la présence physique ou du lieu d'exercice des activités économiques, et que les éventuels conflits de résidence se résolvent par la Convention de double imposition.

La question posée

Cuestión planteada Dado que han pasado a ser considerados residentes fiscales en Estados Unidos preguntan por su estado fiscal en España: residentes o no residentes en España.

La position de la DGT

La residencia fiscal en España se determina por periodos impositivos completos (año natural) basándose en la permanencia más de 183 días o en que el núcleo de actividades o intereses económicos radique en territorio español. Si se acredita la residencia fiscal en otro país, las ausencias esporádicas no computan para el plazo de permanencia. En caso de conflicto de residencia entre España y Estados Unidos, se aplicarán las reglas de desempate del Convenio para evitar la doble imposición.

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