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V0531-24 9 avril 2024 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IRPF · neutralidad fiscal

Possibilité d'appliquer le régime de neutralité fiscale lors de l'apport de participations à une nouvelle société

Une personne physique demande si l'apport de ses participations dans deux entités à une nouvelle société peut bénéficier du régime de neutralité fiscale. La DGT répond que cela est possible si les conditions de participation, de résidence et d'activité des entités sont remplies, à condition qu'il ne s'agisse pas d'une fraude ou d'une évasion fiscale.

La question posée

Cuestión planteada 1. Confirmación de que la citada operación de aportación no dineraria encaja dentro de la definición prevista en el artículo 87.1 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

La aportación de participaciones sociales por una persona física puede acogerse al régimen de neutralidad fiscal si la entidad receptora es residente en España y el aportante mantiene al menos un 5% de los fondos propios de la misma. Las participaciones aportadas deben representar al menos el 5% de los fondos propios de las entidades aportadas y haber sido poseídas ininterrumpidamente durante el año anterior. No se aplicará el régimen si la operación tiene como principal objetivo el fraude, la evasión o la mera obtención de una ventaja fiscal sin motivos económicos válidos.

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