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V0522-26 5 mars 2026 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · complemento alimenticio

Les sachets de caféine en tant que compléments alimentaires sont soumis à une TVA de 10 %

Une entreprise s'interroge sur le taux de TVA applicable à des sachets de caféine et de vitamines considérés comme des compléments alimentaires. La DGT détermine qu'en raison de leur nature de compléments alimentaires, le taux réduit de 10 % s'applique.

La question posée

Cuestión planteada A efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, se cuestiona el tipo impositivo aplicable a las bolsas de cafeína, consideradas complemento alimenticio.

La position de la DGT

Los complementos alimenticios, definidos por el Real Decreto 1487/2009 como fuentes concentradas de nutrientes comercializadas en formas dosificadas, tributan al tipo reducido del 10%. Estos productos no se consideran bebidas refrescantes, gaseosas ni zumos, por lo que no les afecta la exclusión de azúcares o edulcorantes. Por tanto, si las bolsitas de cafeína tienen la consideración de complemento alimenticio, les corresponde el tipo del 10%.

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