Aller au contenu
Retour à l'index
V0498-21 5 mars 2021 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · salarios de tramitación

Imputation des salaires de procédure pour licenciement nul à l'exercice de la décision devenue définitive

Un contribuable s'interroge sur la fiscalité des salaires de procédure consécutifs à un licenciement déclaré nul et sur l'incidence de cette situation sur la déduction pour maternité. La DGT conclut que ces salaires sont imputés à l'année où la sentence devient définitive et que la déduction pour maternité doit être calculée en incluant les cotisations relatives aux salaires non perçus.

La question posée

Cuestión planteada Se pregunta respecto de la tributación en el IRPF del importe percibido por salarios de tramitación y de los descuentos realizados por la prestación de desempleo, así como sobre la aplicación de la deducción por maternidad en los períodos 2018 y 2019.

La position de la DGT

Los salarios de tramitación son rendimientos del trabajo y se imputan al período impositivo en que la resolución judicial que reconoce el derecho adquiere firmeza. Al percibirse en un ejercicio posterior, se debe realizar una autoliquidación complementaria. Las prestaciones por desempleo cobradas indebidamente deben excluirse de la declaración del ejercicio en que se incluyeron mediante rectificación. Para la deducción por maternidad, se deben tener en cuenta las cotizaciones devengadas por los salarios dejados de percibir durante el periodo de nulidad del despido.

Email
Contact