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V0397-26 26 février 2026 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · arrendamiento de inmuebles

La location d'un bien immobilier par un parti politique est soumise à la TVA au taux de 21 %

Un parti politique s'interroge sur l'éventuelle exonération de la TVA concernant la location d'un bien immobilier lui appartenant. La DGT détermine que l'opération est assujettie à la taxe au taux normal.

La question posée

Si a dicho arrendamiento le podría resultar de aplicación la exención del Impuesto sobre el Valor Añadido prevista en el artículo 20.Uno.28º de la Ley 37/1992.

La position de la DGT

El arrendamiento de inmuebles realizado por un partido político que actúa como empresario o profesional está sujeto al IVA. No procede la exención por servicios a miembros de entidades sin ánimo de lucro porque el alquiler es a un tercero. Tampoco aplica la exención por arrendamiento de viviendas o terrenos, ni la exención por manifestaciones, ya que un contrato de arrendamiento no se considera una manifestación para obtener apoyo financiero.

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