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V0375-22 25 février 2022 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Les prestations de l'assurance maladie pour incapacité temporaire sont considérées comme des revenus du travail

La question porte sur l'incidence fiscale au titre de l'IRPF du paiement des cotisations des travailleurs indépendants par la Sécurité sociale durant une incapacité temporaire. La DGT précise que la prestation complète constitue un revenu du travail, incluant le montant des cotisations versées par la Sécurité sociale.

La question posée

Cuestión planteada Incidencia en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del pago de las cotizaciones del autónomo por parte de la Seguridad Social durante dicha situación de incapacidad temporal.

La position de la DGT

Las prestaciones de la Seguridad Social por incapacidad temporal son rendimientos del trabajo según el artículo 17.2.a)1ª de la Ley 35/2006. El rendimiento comprende la totalidad de la prestación, incluyendo el importe de las cotizaciones al RETA que la Seguridad Social paga en nombre del autónomo. Este pago de cotizaciones dará lugar a un gasto deducible para determinar el rendimiento neto de la actividad económica en estimación directa.

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