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V0364-18 9 février 2018 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportaciones no dinerarias

Application du régime spécial des apports en nature sous réserve du respect des conditions de l'IS

Une société de location immobilière s'interroge sur la possibilité de bénéficier du régime spécial pour l'apport de deux locaux à une nouvelle entité. La DGT précise que, sur la base des éléments fournis, les conditions de résidence et de participation sont remplies et que les motifs économiques paraissent légitimes.

La question posée

Cuestión planteada Si a esta aportación no dineraria le es de aplicación el régimen especial establecido en el capítulo VII del título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España y la aportante debe mantener una participación de al menos el cinco por ciento en los fondos propios de la receptora. Además, la operación no debe tener como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal, debiendo responder a motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades. Según los hechos descritos, la reorganización para separar riesgos y facilitar la gestión puede considerarse un motivo económico válido.

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