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V0250-24 29 février 2024 · SG de Tributación de las Operaciones Financieras Critère en vigueur
IRPF · pluriactividad

Déductibilité des cotisations au RETA et des versements aux mutualités dans l'IRPF

Un professionnel a demandé s'il pouvait déduire ses cotisations au RETA ainsi que ses versements à la Mutualité de l'Avocature de son IRPF. La DGT répond que les cotisations au RETA sont déductibles en tant que charge sur le revenu du travail ou de l'activité économique, et que les versements aux mutualités sont déductibles en tant que charges d'activité sous certaines limites spécifiques.

La question posée

Cuestión planteada Posibilidad de deducir como gasto en su declaración de IRPF-2023, las aportaciones a la Mutualidad de la Abogacía y las cuotas satisfechas al RETA, teniendo en cuenta el nuevo sistema de cotización para los autónomos introducido a partir de 1 de enero de 2023 por el Real Decreto-ley 13/2022.

La position de la DGT

Las cuotas del RETA, al ser una alta única por pluriactividad, pueden deducirse como gasto en el rendimiento neto del trabajo o en el de la actividad económica. Las aportaciones a mutualidades que actúan como alternativa al RETA son deducibles como gasto de la actividad en la parte que cubra contingencias de la Seguridad Social, con el límite de la cuota máxima por contingencias comunes. El exceso sobre este límite puede ser objeto de reducción en la base imponible según los requisitos de la Ley del IRPF.

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